miércoles, 28 de marzo de 2012

Ley Federal de Justicia para adolescentes: Olga Luz Espinoza

El día de hoy se nos presenta el dictamen por el que se expide la Ley Federal de Justicia para Adolescentes, y se reforman diversas disposiciones de varios ordenamientos, cuya finalidad principal se centra en el establecimiento de un sistema de justicia penal para adolescentes.



Acorde con la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2005, tendiente a garantizar plenamente el derecho del acceso a la justicia de las y de los jóvenes.



Dado que los menores son inimputables, se requiere de un sistema especial basado en principios internacionalmente reconocidos que rigen este sistema, como son el debido proceso, el interés superior de los adolescentes, la transversalidad de los derechos, la mínima intervención, la especialización, celeridad procesal, equidad, la protección integral y su integración social, familiar y cultural.



Es decir, se trata de establecer todo un sistema que le permita brindar al adolescente un trato acorde a sus condiciones y la protección que requiere como sujeto de derechos y responsabilidades, pero también tomar en consideración su condición de personas en desarrollo.



Este dictamen ha tardado en aprobarse seis años, ya que la reforma del artículo 18 de la Constitución, publicada en el Diario Oficial de la Federación de 2005, mandató a las entidades federativas y a la Federación a crear las leyes, instituciones y órganos en un plazo de seis meses.



Es decir, si la reforma constitucional entró en vigor en marzo de 2006, el Congreso debió de haber expedido la Ley Federal de Justicia para Adolescentes en septiembre de 2006.



Resulta indispensable aclarar que dejar atrás el modelo tutelar derivado de la doctrina de los menores en situación irregular, que durante muchos años se aplicó en nuestro país y el cual generó múltiples violaciones a los derechos que como personas en desarrollo debe garantizar el Estado, es nuestra obligación en consecuencia establecer un modelo garantista conducido por autoridades especializadas, poniendo a disposición de los procesados defensa técnica especializada y estableciendo que la prisión preventiva tendrá únicamente un carácter excepcional.



Por estas consideraciones señaladas, el voto de nuestro grupo parlamentario es a favor del presente dictamen, y el día de hoy los invito a todas y todos a votar a favor del mismo.






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