sábado, 5 de mayo de 2012

Aprobó la cámara de diputados leyes en beneficio de las mujeres: Ángeles Nazares Jerónimo


La diputada Ángeles Nazares Jerónimo, presidenta de la Comisión de Equidad y Género, aseguró que durante la presente legislatura la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad diversos dictámenes en beneficio de las mujeres de este país.



Señaló que entre ellos se encuentran el que expide la Ley general en materia de trata de personas y delitos relacionados, en la que se establecen medidas preventivas, punitivas y de reparación del daño a las víctimas de ese delito e impone penas de hasta 40 años de prisión a quienes cometan actos de explotación o abuso sexual, y crea un fondo para la atención de víctimas. Además manifestó que la ley incluye el tema de los derechos de las víctimas, el resguardo de su identidad y datos personales, para que en el proceso penal se cumplan las mínimas medidas de seguridad.



Por otro lado, la legisladora perredista expuso que el asesinato de mujeres en México es un grave problema socio-cultural provocado por una “ideología patriarcal”, en algunos lugares del país “cientos de mujeres han sido asesinadas con saña indescriptible”. Estos crímenes no se han reducido a pesar de que han sido denunciados durante décadas.



Ante esta situación, señaló que la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal; y de las Leyes General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Orgánica de la Administración Pública Federal, y Orgánica de la Procuraduría General de la República, la cual representa un avance en el reconocimiento de los derechos de las mujeres como  el respeto a una vida libre de violencia, sobre todo porque responden a diversas recomendaciones internacionales que México ha firmado y que han sido aprobados por el H. Senado de la República, tales como Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer mejor conocida como Belém Do Pará, Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Plataforma de Acción de Beijing y  Beijing +15 entre otras.



Mencionó además que dicha minuta al tipificar como delito al feminicidio obliga a cada una de las entidades federativas a legislar para realizar lo propio en sus Códigos Penales, toda vez que las muertes violentas de mujeres continúan en aumento, ya que tan sólo de enero de 2009 a junio de 2010, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio documentó 1,728 homicidios dolosos de mujeres en 18 estados del país, entre los que destacan: Chihuahua, Nuevo León, Sinaloa, Sonora y Tamaulipas; Distrito Federal, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Tlaxcala, Tabasco, Yucatán y Estado de México, por lo que es importante que de cada una de las entidades federativas que aún no han tipificado el delito de feminicidio, ahora tomen todas las medidas necesarias, en ejercicio de su deber constitucional para evitar que la violencia contra las mujeres continúe siendo un hecho que ocurre impunemente en el país.



Además indicó que los cambios y adiciones que se hicieron en el Senado, fueron de gran trascendencia, ya que las reformas sancionan con penas de 8 a 30 años de prisión a quienes cometan el ilícito de violación por equiparación; así como se castiga con seis meses a cuatro años de prisión y la pérdida del derecho de pensión alimenticia a quien cometa el delito de violencia familiar; también se sancionará de uno a cinco años de prisión y hasta trescientos días multa, a quien en detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante el matrimonio o el concubinato, oculte, transfiera o adquiera a nombre de terceros bienes (fraude familiar). Otro punto no menos importante fue sancionar de uno a tres años de prisión o de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos días multa al que por razones de origen o pertenencia étnica o nacional, raza, color de piel, lengua, género, sexo, preferencia sexual, edad, estado civil, origen nacional o social, condición social o económica, condición de salud, embarazo, opiniones políticas o de cualquier otra índole atente contra la dignidad humana o anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas mediante la realización de cualquiera de las siguientes conductas: I. Niegue a una persona un servicio o una prestación a la que tenga derecho; II. Niegue o restrinja derechos laborales, principalmente por razón de género o embarazo; o límite un servicio de salud, principalmente a la mujer en relación con el embarazo; o III. Niegue o restrinja derechos educativos.



También se estableció como nuevo delito la inseminación no consentida, que alcanzará sanciones de cuatro a siete años de cárcel, y se establece una mayor penalidad a quien lo cometa, para alcanzar de cinco a 14 años de prisión. Así como se tipifica como delito el “abuso en medio laboral”, que será castigado con sanciones de tres a ocho años de prisión cuando se obligue a alguien a renunciar a su empleo para evitar responder a acusaciones de acoso, hostigamiento o para ocultar violaciones a la Ley Federal del Trabajo.



Asimismo, se establece la reparación del daño de manera integral y proporcional a la afectación causada, extendiéndose no sólo al daño patrimonial sino extra patrimonial, y se agrava la pena para el Ministerio Público que no solicita esa reparación.

Para finalizar, señaló que los delitos contra menores de edad prescribirán penalmente a partir del día en que la víctima cumpla la mayoría de edad y se sanciona la esterilidad provocada con penas de cuatro a siete años de prisión.


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