La
diputada Ángeles Nazares Jerónimo, presidenta de la Comisión de Equidad y
Género, aseguró que durante la presente legislatura la Cámara de Diputados aprobó
por unanimidad diversos dictámenes en beneficio de las mujeres de este país.
Señaló
que entre ellos se encuentran el que expide la Ley general en materia de trata de personas y
delitos relacionados, en la que se establecen medidas preventivas, punitivas y
de reparación del daño a las víctimas de ese delito e impone penas de hasta 40
años de prisión a quienes cometan actos de explotación o abuso sexual, y crea
un fondo para la atención de víctimas. Además manifestó que la ley incluye el
tema de los derechos de las víctimas, el resguardo de su identidad y datos
personales, para que en el proceso penal se cumplan las mínimas medidas de
seguridad.
Por
otro lado, la legisladora perredista expuso que el asesinato de mujeres en
México es un grave problema socio-cultural provocado por una “ideología
patriarcal”, en algunos lugares del país “cientos de mujeres han sido
asesinadas con saña indescriptible”. Estos crímenes no se han reducido a pesar
de que han sido denunciados durante décadas.
Ante
esta situación, señaló que la
Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la minuta que
reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal; y de las
Leyes General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Orgánica
de la
Administración Pública Federal, y Orgánica de la Procuraduría General
de la República ,
la cual representa un avance en el reconocimiento de los derechos de las
mujeres como el respeto a una vida libre
de violencia, sobre todo porque responden a diversas recomendaciones
internacionales que México ha firmado y que han sido aprobados por el H. Senado
de la República ,
tales como Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer mejor conocida como
Belém Do Pará, Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer
(CEDAW), Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer , Plataforma de Acción de Beijing y Beijing +15 entre otras.
Mencionó
además que dicha minuta al tipificar como delito al feminicidio obliga a cada
una de las entidades federativas a legislar para realizar lo propio en sus
Códigos Penales, toda vez que las muertes violentas de mujeres continúan en aumento,
ya que tan sólo de enero de 2009
a junio de 2010, el Observatorio Ciudadano Nacional del
Feminicidio documentó 1,728 homicidios dolosos de mujeres en 18 estados del
país, entre los que destacan: Chihuahua, Nuevo León, Sinaloa, Sonora y
Tamaulipas; Distrito Federal, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Tlaxcala, Tabasco,
Yucatán y Estado de México, por lo que es importante que de cada una de las
entidades federativas que aún no han tipificado el delito de feminicidio, ahora
tomen todas las medidas necesarias, en ejercicio de su deber constitucional
para evitar que la violencia contra las mujeres continúe siendo un hecho que
ocurre impunemente en el país.
Además
indicó que los cambios y adiciones que se hicieron en el Senado, fueron de gran
trascendencia, ya que las reformas sancionan con penas de 8 a 30 años de prisión a
quienes cometan el ilícito de violación por equiparación; así como se castiga
con seis meses a cuatro años de prisión y la pérdida del derecho de pensión
alimenticia a quien cometa el delito de violencia familiar; también se
sancionará de uno a cinco años de prisión y hasta trescientos días multa, a
quien en detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante
el matrimonio o el concubinato, oculte, transfiera o adquiera a nombre de
terceros bienes (fraude familiar). Otro punto no menos importante fue sancionar
de uno a tres años de prisión o de ciento cincuenta a trescientos días de
trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos días multa al que por
razones de origen o pertenencia étnica o nacional, raza, color de piel, lengua,
género, sexo, preferencia sexual, edad, estado civil, origen nacional o social,
condición social o económica, condición de salud, embarazo, opiniones políticas
o de cualquier otra índole atente contra la dignidad humana o anule o menoscabe
los derechos y libertades de las personas mediante la realización de cualquiera
de las siguientes conductas: I. Niegue a una persona un servicio o una
prestación a la que tenga derecho; II. Niegue o restrinja derechos laborales,
principalmente por razón de género o embarazo; o límite un servicio de salud,
principalmente a la mujer en relación con el embarazo; o III. Niegue o
restrinja derechos educativos.
También
se estableció como nuevo delito la inseminación no consentida, que alcanzará
sanciones de cuatro a siete años de cárcel, y se establece una mayor penalidad
a quien lo cometa, para alcanzar de cinco a 14 años de prisión. Así como se
tipifica como delito el “abuso en medio laboral”, que será castigado con sanciones
de tres a ocho años de prisión cuando se obligue a alguien a renunciar a su
empleo para evitar responder a acusaciones de acoso, hostigamiento o para
ocultar violaciones a la
Ley Federal del Trabajo.
Asimismo,
se establece la reparación del daño de manera integral y proporcional a la
afectación causada, extendiéndose no sólo al daño patrimonial sino extra
patrimonial, y se agrava la pena para el Ministerio Público que no solicita esa
reparación.
Para
finalizar, señaló que los delitos contra menores de edad prescribirán
penalmente a partir del día en que la víctima cumpla la mayoría de edad y se
sanciona la esterilidad provocada con penas de cuatro a siete años de prisión.
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